domingo, 1 de mayo de 2011

Reforma de la Ley del Régimen Electoral General



La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) ha sido reformada. En el Congreso se debatieron las enmiendas a la totalidad, dos de ellas referidas al voto desde el exterior, presentadas por Izquierda Unida (IU) y Coalición Canaria (CC).

El 19 de junio de 1985 se publicaba la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). Tras veintiséis años en vigor, la LOREG ha sido reformada para actualizarla y ajustarla a la nueva realidad española.

La nueva Ley estará vigente ya para las elecciones de mayo y limitará el voto de los españoles residentes en el exterior a las elecciones autonómicas. Los inscritos en el Censo de Residentes Ausentes (CERA) no podrán votar en las elecciones municipales. Además, se establece el llamado “voto rogado” para el resto de procesos electorales. La votación puede ser presencial, en los consulados, o por correo como hasta ahora. Para evitar la proliferación de candidaturas que no tengan más objetivo que acceder al censo, se les exigirán avales a las listas sin representación en procesos anteriores. Se congelan las subvenciones a los partidos y se limitan los gastos electorales.
Desde que era sólo un proyecto, la reforma ha provocado protestas y rechazo de grupos de emigrantes y de federaciones de los grandes partidos.



Nosotras no estamos de acuerdo con esta nueva reforma. ¿A vosotros que os parece?

jueves, 28 de abril de 2011

Hoy, vamos a hablaros sobre un tema que todos estaréis hartos de escuchar, la Ley antitabaco. Ya se han cumplido 4 meses desde que esta ha entrado en vigencia y los fumadores han sabido respetarla casi sin problema, sin duda eso nos alegra porque creemos que es un derecho de todos, el poder ir a un bar y no tener que respirar el humo de los que allí se encuentran. A continuación os dejamos un vídeo que a nosotras nos ha parecido de gran interés:

miércoles, 27 de abril de 2011

Noticias

España (27-04-11)

Amnistía Internacional presenta el informe 'Derechos a la intemperie'

No se protegen adecuadamente los derechos económicos, sociales y culturales
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Manifestación por una vivienda digna en la plaza de Cibeles de Madrid. © Aldea Global, 2010

El acceso a una vivienda digna o el derecho a la salud no son meras prestaciones sociales, son derechos humanos

Madrid.- En España existe un déficit en la protección jurídica de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC). Tanto las leyes como las actuaciones de las autoridades administrativas y judiciales, reflejan que estos derechos son tratados como meras prestaciones sociales, lo que se traduce en graves impactos en las vidas de las personas. Especialmente en los 9 millones de personas que viven en la pobreza, en las cerca de 200.000 personas que no tienen cobertura sanitaria pública porque ya no reciben ningún tipo de subsidio de desempleo o porque no han trabajado nunca, o en las miles de personas que pueden ser desalojadas forzosamente de sus casas. Sólo en Cañada Real (Madrid), entre 25.000 y 40.000 personas, según las fuentes, podrían ser desalojadas sin ningún tipo de garantías.

La indefensión se produce en el plano más básico como es el acceso a la información y se agrava cuando se limita seriamente la posibilidad de que si estos derechos son vulnerados puedan ser reclamados ante la justicia y se pueda obtener reparación. Esta es una de las principales conclusiones del informe Derechos a la intemperie. Dificultades para hacer valer los derechos económicos, sociales y culturales en España, que Amnistía Internacional ha presentado hoy.

Estamos hablando del derecho a una vivienda digna y del derecho a la salud, entre otros. Estos no son derechos inferiores a otros derechos humanos. Sin embargo su fuerza legal se ve reducida cuando son regulados con menores garantías y mecanismos para reclamarlos. No proteger estos derechos produce verdaderos dramas humanos”, destacó Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España.

lunes, 11 de abril de 2011


Título I de la Constitución Española:
Derechos y deberes fundamentales

Artículo 10

1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las materias ratificados por España.